Seguimiento
a la consulta a comunidades indígenas y apoyo
a la aprobación en el seno de la Asamblea
Legislativa de la “Ley de Desarrollo Autónomo
de los Pueblos Indígenas”.
El desarrollo
integral de los pueblos indígenas
en Costa Rica ha sido una aspiración
históricamente postergada. Esto se
refleja en una legislación inadecuada
y anacrónica y en un lento proceso
para modernizar la legislación.
Sin
embargo, el 9 de noviembre el 2005, la Comisión
de asuntos sociales de la Asamblea Legislativa,
aprobó la “Ley
de Desarrollo Autónomo de los Pueblos
Indígenas”. Este proceso legislativo
ha durado 4 años, pero los antecedentes
se remontan a la Ley Indígena (Ley
No. 6172, de 1997), la cual ha sido inoperante,
no contiene el concepto de desarrollo integral
y sostenible que ahora se reivindica y que
expresamente señala el mandato 51
de la Cumbre de Mar del Plata.
Las
condiciones para el desarrollo de los pueblos
indígenas en Costa Rica son sumamente
precarias, se carece de marco legal adecuado
y moderno, no se han realizado consultas
ni se ha buscado la incorporación
de las comunidades indígenas al desarrollo
del país; a su vez, las comunidades
indígenas han sido excluidas de oportunidades.
Esto se debe, entre otras razones, a la
falta de este marco legal adecuado dado
que los legisladores han priorizado otros
temas nacionales y a que tampoco hay
legisladores indígenas que defiendan
sus intereses.
También,
estructuras burocráticas han suplantado
las organizaciones indígenas legítimas
y se ha estimulado la división de
sus líderes. Los pueblos indígenas
no han tenido acceso a formación
y capacitación adecuada y sistemática.
Tampoco, se ha considerado para el desarrollo
de los territorios indígenas, la
particularidad de su economía.
El
proyecto Seguimiento
a la consulta a comunidades indígenas
y apoyo a la aprobación en el seno
de la Asamblea Legislativa de la “Ley de
Desarrollo Autónomo de los Pueblos
Indígenas,
busca el fortalecimiento de organizaciones
sociales para lograr una verdadera incidencia
y sensibilización sobre el problema
indígena, así como en las
bondades y el alcance de ese proyecto de
Ley.
Este proyecto tiene como referente
directo el mandato 51 de la IV Cumbre de
las Américas, realizada en Mar del
Plata Argentina, el 4 y 5 de noviembre del
2005, el cual expresamente señala:
Promover un diálogo permanente
respetuoso y constructivo con los pueblos
indígenas y desarrollar políticas
para crear las condiciones necesarias que
faciliten su desarrollo integral y sostenible,
el acceso al trabajo decente y condiciones
de vida que permitan superar la pobreza,
en pleno respeto a sus derechos.
En
Costa Rica, este nuevo proceso legislativo incluye una consulta formal con los
pueblos indígenas, lo que abre importantes proyecciones y expectativas sobre la
posibilidad de que una nueva Ley sea aprobada.
Impulsar
la aprobación del proyecto de
“Ley de desarrollo autónomo
de los pueblos indígenas para
alcanzar las condiciones necesarias
que faciliten el desarrollo integral
y sostenible de las comunidades indígenas,
así como el acceso al trabajo
decente y condiciones de vida que permitan
superar la pobreza, en pleno respeto
a sus derechos.
Incrementar
el conocimiento sobre la verdadera situación
socioeconómica en la que se encuentran
los pueblos indígenas en Costa
Rica y su relación con los Derechos
humanos.
Fortalecer
la disposición de los líderes
y comunidades indígenas ara incidir
en el proceso.
Ejecutar
una campaña de incidencia para
que los legisladores asuman un compromiso
con la aprobación de la Ley.
La
Mesa Nacional Indígena, MNI, y la
Fundación por los derechos humanos
en Centroamérica, FUNDEUCA, son las
organizaciones del consorcio que junto a
FUNPADEM y al apoyo de la agencia internacional
Compañeros de las américas,
están al frente de este proyecto.
El
marco jurídico que rige a los pueblos
indígenas en Costa Rica responde
a un movimiento internacional conocido como
“indigenismo”, fomentado en el contexto
de los movimientos de descolonización
y de promoción de los derechos humanos,
posterior a la segunda guerra mundial. Este
proceso se inició en Costa Rica,
durante el gobierno de Teodoro Picado, en
1946, cuando se estableció la Junta
de Protección a las Razas Aborígenes,
en seguimiento de las doctrinas indigenistas
de la Organización de Estados Americanos,
OEA. De esta manera se generaron las primeras
reservas indígenas. No obstante lo
anterior, el deterioro de los pueblos indígenas
fue evidente.
A partir de 1970 se
inició una nueva política
indigenista. Por Ley No. 5251, del 20 de
julio de 1973 se creó la Comisión
Nacional de Asuntos Indígenas (CONAI)
que paulatinamente fue desnaturalizada y
objeto de recelo y particularmente de repudio
por las comunidades indígenas dada
su politización y distanciamiento
real de los intereses de los pueblos indígenas.
Mas aún, esta ley supone que el 1%
del presupuesto del país, debe ser
entregado para el desarrollo de los pueblos
indígenas, pero CONAI, ha sido incapaz
de lograr el cumplimiento de esa disposición
legal.
En consecuencia y en claro
reconocimiento a esta situación,
se gestó en el seno de la Asamblea
Legislativa, particularmente en la Comisión
de Asuntos Sociales de este poder del Estado,
la iniciativa para promulgar una ley que
permitiera el desarrollo autónomo
de los pueblos indígenas.
Luego
de un amplio y complejo proceso una versión
final de este proyecto de ley recibió
la votación unánime de la
Comisión de Asuntos Sociales y, como
se ha señalado, incluye un proceso
de consulta con las comunidades interesadas.
El
objetivo de este proyecto de Ley es el de
definir y establecer un marco para el desarrollo
autónomo de ocho (8) pueblos indígenas
y definir el marco de las relaciones
entre las comunidades indígenas y
el Estado costarricense, de acuerdo con
la Constitución Política,
los convenios internacionales y la legislación
nacional, estableciendo para ello normas
en los campos de la educación diferenciada,
la salud, la defensa del ambiente, la sostenibilidad,
el ordenamiento de la tenencia de la tierra,
el establecimiento de sistemas de crédito,
programas de infraestructura y vivienda,
entre otros.